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Nuevo reglamento europeo de perros y gatos: qué cambia y desde cuándo

agosto 22, 2026 · NADIIA

Infografía con un golden retriever y un gato atigrado sobre la bandera europea, el rótulo «Nueva ley europea de perros y gatos» y la línea de tiempo con los plazos de 2028 a 2041

Las claves

La UE aprueba su primera norma común sobre bienestar y trazabilidad de perros y gatos: el Reglamento (UE) 2026/1818, publicado el 10 de agosto de 2026.

Se aplica a partir del 31 de agosto de 2028, con una decena de fechas escalonadas posteriores.

Los dueños particulares tendrán que identificar y registrar a sus perros desde 2036 y a sus gatos desde 2041. En España, en la práctica, esto no cambia nada.

Se ha contado como si mañana fueras a tener que correr al veterinario. No es así. La Unión Europea acaba de publicar su primera legislación armonizada sobre bienestar, cría, identificación y trazabilidad de perros y gatos, y es un texto importante, pero llega con un calendario tan largo que conviene leerlo con calma.

Es el Reglamento (UE) 2026/1818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 10 de agosto de 2026. Ocupa 49 páginas y llevaba años de tramitación: el Parlamento Europeo fijó su posición el 28 de abril y el Consejo tomó su decisión el 22 de mayo.

Cuándo empieza a aplicarse de verdad

El reglamento entró en vigor a los veinte días de su publicación, pero entrar en vigor y ser aplicable no son lo mismo. Con carácter general se aplica desde el 31 de agosto de 2028, y su artículo 33 fija después una lista de fechas específicas para determinados artículos:

Fecha Qué empieza a aplicarse
31 ago 2028 Aplicación general del reglamento
31 ago 2029 Requisitos de salud (art. 16)
1 jul 2030 Prohibición de criar con rasgos de conformación excesivos (art. 8.2)
31 ago 2030 Información obligatoria al vender y bases de datos nacionales
31 ago 2031 Requisitos de alojamiento, código de verificación de anuncios y normas de importación
31 ago 2033 Formación obligatoria de los cuidadores
31 ago 2034 Autorización obligatoria de los criaderos grandes (art. 10)
1 jul 2036 Obligación sobre genotipos perjudiciales en la cría (art. 8.1)

Qué te afecta a ti como dueño: 2036 y 2041

Este es el dato que casi nadie está publicando bien. El artículo 20 obliga a identificar con microchip y registrar en una base de datos nacional a todos los perros y gatos de la Unión, también los de los particulares. Pero su apartado 7 escalona esa obligación en tres tramos:

  • 31 de agosto de 2030 — operadores y personas que comercialicen perros y gatos.
  • 31 de agosto de 2036 — dueños particulares y otras personas que no comercialicen, en el caso de los perros.
  • 31 de agosto de 2041 — los mismos, en el caso de los gatos.

Quince años para los gatos. La razón de fondo está en el propio texto: el reglamento reconoce que muchos comerciantes ilegales operan haciéndose pasar por dueños particulares, y por eso extiende la trazabilidad a todo el mundo, pero da margen a los Estados para montar los sistemas.

Por qué en España casi no vas a notar nada

Porque aquí el microchip ya es obligatorio. El reglamento fija requisitos mínimos, y su artículo 30 permite expresamente a los Estados miembros mantener o adoptar normas nacionales más estrictas, siempre que no interfieran con el mercado interior. España ya las tiene.

Además hay una cláusula que resuelve la duda de la mayoría: los perros y gatos que ya estén identificados con un transpondedor conforme al Derecho de la Unión o nacional antes del 31 de agosto de 2028 se consideran conformes, siempre que el microchip siga siendo legible. Es decir: si tu perro ya lleva chip y está registrado a tu nombre, no tienes que hacer nada.

Lo que sí conviene es comprobar dos cosas: que el chip se lee bien y que los datos del registro están actualizados. Si el transpondedor deja de ser legible, el reglamento obliga a implantar uno nuevo y actualizar el registro.

La frase que tendrán que llevar todos los anuncios

Aquí hay una novedad concreta y muy visible. El artículo 21 obliga a que cualquier anuncio en línea de un perro o un gato incluya, en caracteres claramente visibles y en negrita, una advertencia sobre tenencia responsable. Y el reglamento fija su redacción literal:

«Un animal no es un juguete. Hacerse con uno es una decisión que cambia la vida. Es su deber garantizar la salud y el bienestar del animal y no abandonarlo».

Los operadores deben usar exactamente ese texto. Los particulares que anuncien un animal pueden usar esa redacción u otra con el mismo significado.

Y hay más: la Comisión creará un sistema público y gratuito de verificación en línea. Quien anuncie un perro o un gato tendrá que generar en él un código único y publicarlo en el anuncio junto a un enlace, de modo que el comprador pueda comprobar por su cuenta que la identificación, el registro y la titularidad son auténticos. Las plataformas de anuncios tendrán que adaptar sus interfaces para que eso sea posible.

Lo que cambia para los criaderos

La parte más exigente del reglamento va dirigida a quienes crían y venden, no a los dueños. Algunos puntos concretos:

  • Autorización obligatoria para los criaderos que produzcan más de cinco camadas al año o mantengan más de cinco hembras reproductoras, con inspección previa y lista pública de establecimientos autorizados.
  • Prohibida la consanguinidad entre progenitores y descendientes, hermanos, medio hermanos y abuelos y nietos, salvo autorización expresa para preservar razas locales con patrimonio genético limitado.
  • Prohibida la cría de híbridos con especies silvestres.
  • Límites reproductivos: las gatas no pueden criar antes de los diez meses y las perras no antes de su segundo celo; máximo tres camadas en dos años, seguidas de al menos un año de recuperación; y una hembra que haya pasado por dos cesáreas deja de utilizarse para la cría.
  • Prohibido mantenerlos en contenedores, con excepciones tasadas como el transporte o el aislamiento breve.
  • Salida diaria obligatoria: los perros de más de ocho semanas no pueden mantenerse solo en interiores y deben tener acceso al aire libre o salir a pasear un mínimo combinado de una hora al día.
  • Edad mínima de separación: los cachorros de perro no pueden separarse de su madre antes de las ocho semanas, y las crías de gato tampoco, salvo en establecimientos de cría, donde el límite sube a doce semanas.
  • Prohibidas las mutilaciones —corte de orejas y rabo, extirpación de uñas o cuerdas vocales— salvo indicación veterinaria, y prohibidos los collares de castigo y los collares de ahogo sin tope de seguridad.
  • Fuera de las exposiciones los animales con rasgos de conformación excesivos o mutilados.

El asunto de los braquicéfalos queda para 2030

El reglamento aborda por primera vez a nivel europeo los «rasgos de conformación excesivos», que es el término técnico para los rasgos llevados al extremo por motivos estéticos y que causan problemas de salud: el hocico aplastado de bulldogs y persas es el ejemplo más conocido.

Pero el texto no define cuáles son. Encarga a la Comisión que lo concrete mediante actos delegados, teniendo en cuenta los dictámenes científicos de la EFSA, y le pone plazo: hasta el 30 de junio de 2030 para los rasgos de conformación excesivos y hasta el 30 de junio de 2036 para los genotipos perjudiciales.

Mientras tanto, la obligación que sí existe es de procedimiento: antes de usar para la cría un animal que pueda presentar uno de esos rasgos, el criador tiene que consultar a un veterinario, que evaluará si lo presenta.

Cuatro cosas que se están diciendo y no son ciertas

«Entra en vigor ya y hay que correr.» No. La aplicación general es del 31 de agosto de 2028, y las obligaciones para dueños particulares no llegan hasta 2036 y 2041.

«Ahora hay que ponerle microchip a los gatos en España.» El microchip en España ya viene exigido por la normativa nacional. Lo que hace el reglamento es armonizar el requisito en toda la UE, con plazos propios.

«Prohíbe las razas braquicéfalas.» No prohíbe ninguna raza. Restringe usar para la cría animales con rasgos extremos, y la definición concreta no llegará hasta 2030.

«Afecta a cualquiera que regale un cachorro.» El propio reglamento aclara que una donación de hasta una camada cada veinticuatro meses entre familiares o vecinos, sin anunciarla en línea, no se considera comercialización.

Cómo hemos verificado esta noticia

Todos los datos, artículos y fechas de este artículo proceden del texto íntegro del Reglamento (UE) 2026/1818 publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 10 de agosto de 2026, consultado el 22 de agosto de 2026. No hemos usado resúmenes de terceros. Al tratarse de una norma con desarrollo posterior mediante actos delegados y de ejecución, algunos detalles se concretarán en los próximos años.

Si viajas con tu animal por Europa, te interesa también nuestra guía sobre el pasaporte europeo para perros, que es la norma que sí está vigente hoy y que este reglamento no sustituye.

Fuente: Reglamento (UE) 2026/1818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2026, relativo al bienestar de los perros y los gatos y a su trazabilidad (DOUE de 10 de agosto de 2026).