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Cambian las normas de antibióticos para perros y gatos: qué significa para ti

agosto 10, 2026 · NADIIA

Perro y gato junto a medicamentos veterinarios y un estetoscopio en una clínica

Desde el sábado 8 de agosto de 2026 se aplica en toda la Unión Europea un reglamento que cambia la forma en que tu veterinario puede recetar ciertos antibióticos a tu perro o a tu gato. Y trae, de paso, una noticia importante para quien convive con gatos: el remdesivir queda reconocido para tratar la peritonitis infecciosa felina.

La norma es el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1973. Se firmó el 18 de julio de 2024 y se publicó al día siguiente, pero su propio artículo 4 aplazó la aplicación dos años, para dar tiempo a veterinarios y administraciones. Ese plazo terminó el sábado.

🐾 Lo esencial en tres líneas

No se prohíbe ningún antibiótico. Lo que cambia es que, para usar ciertos grupos fuera de lo que autoriza su ficha técnica, el veterinario deberá basarse en un cultivo y un antibiograma siempre que sea posible, y justificar por qué no lo ha hecho cuando no lo sea. El objetivo es frenar las resistencias bacterianas.

Qué cambia exactamente en la consulta

Para entenderlo hay que conocer un mecanismo que se llama prescripción excepcional o «en cascada». Cuando no existe un medicamento veterinario autorizado para tratar una especie o una dolencia concreta, la ley permite al veterinario recurrir, bajo su responsabilidad, a otro fármaco: uno autorizado para otra especie, uno de uso humano o uno preparado en farmacia. Es un recurso habitual en clínica de pequeños animales, porque el catálogo de medicamentos veterinarios es limitado.

Lo que hace el reglamento es poner condiciones a ese uso excepcional cuando se trata de determinados antimicrobianos, los que se consideran críticos también para la medicina humana.

La condición principal es que la prescripción se base en pruebas previas de identificación del patógeno y en un antibiograma —el análisis que determina a qué antibióticos es sensible la bacteria concreta que tiene tu animal— que demuestren dos cosas: que ese antimicrobiano probablemente será eficaz, y que los antibióticos preferentes no lo serían.

Ahora bien, el propio reglamento contempla que eso no siempre es posible, y esa es la parte que la mayoría de titulares se salta:

  • Si el cultivo no puede hacerse, el veterinario debe poder demostrar por qué no ha podido realizarse.
  • Si el estado del animal exige empezar el tratamiento sin esperar, puede empezar antes de tener los resultados, justificando su elección con el cuadro clínico, el historial y la información epidemiológica de la zona. Después ajustará el tratamiento si el antibiograma lo aconseja.
  • No hace falta antibiograma previo cuando el antimicrobiano ya está contenido en un medicamento veterinario autorizado en la Unión para bovinos, ovinos de carne, porcinos, pollos, perros o gatos y va a usarse en otras especies.

En la práctica, lo que puedes notar en la consulta es que en algunas infecciones —de piel, de oído, de orina— tu veterinario te pida una muestra antes de recetar, en lugar de empezar directamente con un antibiótico de amplio espectro. Puede suponer esperar unos días y un coste añadido por el análisis.

Qué antibióticos están afectados

El anexo del reglamento enumera los grupos con condiciones de uso. Estos son:

  • Aminopenicilinas combinadas con inhibidores de la betalactamasa
  • Cefalosporinas de tercera y cuarta generación
  • Polimixinas
  • Anfenicoles
  • Quinolonas, incluidas las fluoroquinolonas
  • Rifamicinas, y por separado la rifaximina
  • Sustancias usadas exclusivamente contra la tuberculosis y otras micobacterias
  • Riminofenazinas
  • Ácidos pseudomónicos
  • Equinocandinas
  • Remdesivir
  • Anfotericina B

Conviene insistir en algo, porque se está contando mal: este reglamento no prohíbe estos medicamentos. Las prohibiciones absolutas están en otra norma anterior, el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1255, que reserva ciertos antimicrobianos exclusivamente para las personas. Lo que hace el 2024/1973 es condicionar el uso de los de esta lista dentro de la prescripción en cascada.

Tampoco afecta a las especies equinas, que quedan expresamente fuera de su ámbito de aplicación, ni a las especies acuáticas destinadas a producción de alimentos.

La noticia para quien tiene gatos: el remdesivir y la PIF

Entre toda la letra técnica hay una línea que merece un titular propio. El anexo establece que el remdesivir solo podrá utilizarse para el tratamiento de la peritonitis infecciosa felina.

La PIF es una enfermedad causada por una mutación del coronavirus felino y ha sido durante décadas una de las palabras más temidas en una consulta veterinaria: prácticamente mortal en todos los casos. En los últimos años aparecieron tratamientos antivirales que cambiaron ese pronóstico, pero su uso se movía en una zona gris, sin un marco legal claro en Europa.

Que un reglamento europeo nombre expresamente el remdesivir y le fije una indicación no significa que a partir de ahora sea un tratamiento fácil, barato ni garantizado. Significa que su uso excepcional tiene por fin un encaje normativo definido. Para los propietarios de gatos con PIF y para los veterinarios que los tratan, es una diferencia sustancial.

La anfotericina B y la leishmaniasis

Otro punto del anexo interesa especialmente en España, donde la leishmaniasis canina es endémica en buena parte del territorio: la anfotericina B solo podrá utilizarse como último recurso en el tratamiento de la leishmaniasis o de otras enfermedades en regiones donde la enfermedad sea endémica.

No es un cambio en los protocolos habituales, que se apoyan en otros fármacos, pero sí cierra la puerta a usarla como primera opción. Si convives con un perro en zona de riesgo, lo importante sigue estando en la prevención: repelentes, collares, vacuna y evitar la exposición al flebótomo en las horas de mayor actividad. Lo desarrollamos en nuestra guía completa de la leishmaniasis en perros, y los signos que deben ponerte en alerta, en el artículo sobre los síntomas de la leishmaniasis.

Por qué se ha hecho esto

La razón es la resistencia a los antimicrobianos, uno de los mayores problemas sanitarios de las próximas décadas. Cuanto más se usan ciertos antibióticos, más oportunidades tienen las bacterias de desarrollar defensas frente a ellos, y varios de los grupos de esta lista son también tratamientos de último recurso en medicina humana.

El reglamento se apoya en el dictamen científico de la Agencia Europea de Medicamentos y se enmarca en el enfoque conocido como One Health, que entiende la salud humana, la animal y la ambiental como un mismo problema. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios publicó su nota informativa sobre la entrada en aplicación el 20 de julio de 2026.

Qué puedes hacer tú como propietario

  • No guardes antibióticos sobrantes de otros tratamientos ni se los des a tu animal por tu cuenta. Es una de las principales vías de generación de resistencias.
  • Termina siempre las pautas completas, aunque el animal parezca recuperado a los dos días.
  • No presiones para que te receten un antibiótico. Muchas dolencias no lo necesitan, y si tu veterinario te propone un cultivo antes de tratar, no está mareando la perdiz: está cumpliendo la norma y protegiendo a tu animal.
  • Nunca uses medicamentos humanos en perros o gatos sin indicación veterinaria.

🐾 Fuentes: Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1973 de la Comisión, de 18 de julio de 2024, y su anexo, consultados en el texto publicado por el Boletín Oficial del Estado (referencia DOUE-L-2024-81134); nota informativa de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (MVET 08/2026, de 20 de julio de 2026); Reglamento (UE) 2019/6 sobre medicamentos veterinarios. Esta noticia es informativa: cualquier decisión sobre el tratamiento de tu animal corresponde a tu veterinario.